Toda la representación sindical remitimos ayer una propuesta conjunta, que reproducimos a continuación, en la que se desarrollaban los términos de la presentada el pasado 17 de noviembre.


En la reunión de hoy, los representantes de la Dirección no han ido más allá de agradecer y “valorar positivamente” el esfuerzo realizado por la representación sindical con la presentación de la propuesta conjunta.

Se ha suscitado, nuevamente, un debate sobre nuestras solicitudes de información, que siguen ignorando o respondiendo sesgadamente.

Han dado por finalizada la reunión con el compromiso de trasladarnos una nueva propuesta, teniendo en cuenta nuestras peticiones, antes de la próxima reunión, que tendrá lugar el miércoles 9 a las 11 de la mañana.

Los sindicatos nos reuniremos mañana jueves, día 3, para seguir trabajando en los detalles de nuestra propuesta conjunta.

PROPUESTA CONJUNTA RLT
Reducir del número de excedentes y cierres de oficina de la propuesta
empresarial.


Desvinculaciones
A.- Establecer la voluntariedad como principio rector, para favorecer las salidas del excedente de personal y evitar despidos traumáticos.
Adaptar ese criterio a la distribución geográfica de excedentes establecida en el ERE, creando los incentivos necesarios para evitar las salidas forzosas y minimizar al máximo la movilidad geográfica.
En función del excedente final pactado, en la línea de cupos del 80 de la propuesta empresarial, y ajustado a la distribución geográfica establecida en el ERE (tabla 41. Propuesta de amortización de puestos de trabajo en Ibercaja Banco, S.A. – columna de Puestos propuestos a amortizar) se aplicarán las siguientes medidas en el orden indicado hasta cubrir dicho excedente:

  1. Fijar criterios de edad en función de los territorios (tabla 41) y su pirámide de edad del colectivo afectado, de manera que la fundamental vía de ajuste sea la desvinculación del colectivo cercano a la edad de jubilación. En los territorios en los que no exista un número del colectivo de edad suficiente para cubrir el excedente, se propone ampliar la edad de acogida hasta los nacidos a 30 de junio de 1967, garantizando, en todo caso, tener 55 años a la fecha de extinción.
  2. Ofertar bajas incentivadas voluntarias.
  3. Ofertar suspensiones de contrato incentivadas con reserva de puesto en un centro de trabajo según los criterios indicados en la letra B del apartado de movilidad geográfica. Asimismo, se les permitirá optar a las plazas que puedan publicarse durante el periodo de suspensión, a la formación interna y el mantenimiento de los beneficios sociales.
  4. Crear tantos puestos de gestión digital/comercial/sustituciones como excedentes no cubiertos queden en cada territorio (tabla 41).

B.- Cobertura e indemnizaciones.
Establecer coberturas e indemnizaciones dignas y suficientes para todos los casos.
C.- Garantía modificación legislativa.
En el caso de producirse una modificación legislativa que afecte a la jubilación anticipada y/o al cálculo de la indemnización resultante, la parte empresarial garantizará que ninguna persona adscrita al ERE resulte perjudicada.
Inclusión de cláusula de garantía de empleo (no ejecución unilateral de medidas, sin acuerdo previo con la RLT).

Movilidad geográfica
Puesto que se definen excedentes de plantilla en todos los territorios, la movilidad se circunscribirá únicamente para los casos de cierre de oficinas y limitada al ámbito provincial.
A.- Principio rector de la movilidad geográfica: la proximidad en la gestión y asignación de los recursos disponibles. Todo ello, a fin de garantizar al máximo las políticas de conciliación familiar puestas en marcha y los principios EFR asumidos por la entidad. respetando los límites y condiciones que se establecen a continuación.
B.- Criterios de Reubicación:

  1. El centro de trabajo más cercano dentro del límite de 25 kilómetros.
  2. Si no hubiera centro a menos de 25 kilómetros, se reubicará al personal en el centro más cercano al domicilio del trabajador o trabajadora.
  3. Si aun así no hubiera centro donde reubicar al personal dentro de su provincia, se les ofrecerá un puesto de gestión digital/comercial o bien el formar parte del equipo de sustituciones.

C.- Disposición Comunes:

  1. Cualquier movilidad a más de 25 km se compensará económicamente en las cuantías que se determinen (kilometraje por el exceso, un plus, una cantidad a tanto alzado…).
  2. Se establecerán las excepciones habituales a dicha compensación (retornos, aproximación al domicilio, etc.).
  3. Las personas afectadas por cierre de oficina podrán acogerse a la medida de suspensión de contrato incentivada con reserva de puesto en un centro de trabajo según los criterios indicados en la letra B. Se les permitirá, además, optar a las plazas que puedan publicarse durante la suspensión, así como a la formación interna y el mantenimiento de los beneficios sociales.
  4. Establecer un sistema y un órgano de control (compuesto por la parte social y empresarial) para la correcta aplicación de la movilidad geográfica.