Ante las repercusiones en las condiciones laborales que el Anteproyecto de Ley sobre los Servicios de Atención a la Clientela (SAC) podría tener para las plantillas del sector financiero, CCOO hemos presentado las correspondientes alegaciones al Ministerio en el periodo de consulta pública y hemos formado parte del grupo de Trabajo del CES que ha emitido el correspondiente dictamen que se hará llegar al Consejo de Ministras y Ministros.

En ambos casos, CCOO hemos reclamado que esta nueva norma dé una mayor concreción a aspectos laborales que, desde nuestro punto de vista, no están bien regulados en el anteproyecto:

  • El alcance de la atención personalizada de la plantilla que tiene que atender estos servicios, definiendo claramente las funciones a realizar tanto de la gestión como de la supervisión.
  • El cumplimiento de horarios que van más allá de los regulados en los convenios colectivos.
  • Garantizar el derecho a la intimidad y la protección de datos de las personas trabajadoras que tendrán que identificarse en el momento de prestar el servicio.
  • Definir claramente los aspectos relacionados con la formación y con la capacitación del personal que preste la atención especializada, que en todo caso, deberá estar homologada y certificada por algún organismo oficial.
  • Los sistemas de evaluación y auditoría de la calidad y satisfacción con el servicio deberán basarse en criterios totalmente objetivos, y no contemplar variables de subjetividad. Y en ningún caso, se evaluará al personal con sistemas basados únicamente en variables automatizadas (algoritmos) o sistemas de inteligencia artificial.

CCOO consideramos que es fundamental que esta nueva Ley concrete la redacción, y oriente los aspectos relativos al ámbito laboral de las personas trabajadoras que presten este tipo de servicios, para garantizar y preservar sus derechos, garantizando que la mejora que busca esta norma para proteger a la clientela, no implique un empeoramiento de las condiciones laborales o una mayor inseguridad jurídica de las plantillas, ni de las entidades financieras con relación a sus obligaciones laborales.