Antes del 1 de marzo se deberán solicitar las vacaciones correspondientes al año 2022, a través del aplicativo “Registro de Jornada y Vacaciones”. Esperemos que, de una vez por todas, desaparezcan los problemas recurrentes:

  1. Mejorando la restrictiva política de personal que la Entidad mantiene en los centros de trabajo, especialmente en los más pequeños.
  2. Persiguiendo y castigando correos e informaciones de algunos responsables, que son sesgados, interesados o erróneos.
  3. Obligando a reflejar las vacaciones en el “Registro de Jornada y Vacaciones” y exigiendo su validación.
  4. Exigiendo una buena planificación, en este año de cierres y de salidas, y evitando cambios traumáticos.
  5. Velando por el cumplimiento del Convenio y fomentando el apoyo y la desconexión digital.
  6. Suprimiendo todas las reglas “inventadas” sobre prioridades, derechos inexistentes de algunos responsables o que, salvo pacto, el período de disfrute es DESDE EL 1 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE.

Las normas que rigen las vacaciones se recogen en el art. 38 del Estatuto de los Trabajadores, el 36 de nuestro Convenio y la Normativa interna (Ref. 2603).  A saber:

Con carácter general, este año tenemos 25 días hábiles, más los posibles días aplazados. Si las vacaciones se disfrutan totalmente en el período comprendido entre el 1 de noviembre y el 30 de abril, hay derecho a un día hábil más.

En algunos territorios disponen de un día más, por renunciar a la jornada reducida en la semana de fiestas. Contacta con CCOO si tienes interés o dudas.

Quienes prestan sus servicios en las Islas Canarias tienen 2 días hábiles más.

Además de las vacaciones, como medida de conciliación, tenemos 2 días de libre disposición (las personas adscritas al Acuerdo de Jornadas Singulares tienen otro más). Recuerda que para el uso de estos días solamente se requiere un preaviso y no son aplazables al año siguiente.

Recordamos que las vacaciones que coincidan con una Incapacidad Temporal se podrán disfrutar en una fecha distinta, previo acuerdo con los responsables de tu centro de trabajo.

PLANIFICACIÓN OFICINA / UNIDADES / DEPARTAMENTOS: Se confeccionará un cuadro en cada centro de trabajo (no por sucursal), cuidando que los servicios queden debidamente cubiertos y procurando atender los deseos del personal. Esperamos que en este año, con tantas salidas, cierres y la situación sanitaria, primen la responsabilidad y la solidaridad.

Para evitar problemas posteriores, es importante que a la hora de confeccionar el cuadro, se tenga en cuenta a quienes estando de baja por I.T. o disfrutando de una excedencia, tengan previsto reincorporarse al trabajo durante el año en curso.

La empresa tiene la obligación de que la Plantilla conozca las fechas de disfrute de sus vacaciones, como mínimo con dos meses de antelación. Cumplido ese preaviso de dos meses el acuerdo sobre el calendario de vacaciones será ejecutivo.

PRIORIDAD: las personas con responsabilidades familiares tienen preferencia a que las suyas coincidan con los periodos de vacaciones escolares (que comprenden Verano, Semana Santa, Navidad, Semana Blanca, etc.). Se entiende como edad escolar desde el año que cumplen 3 hasta el que cumplen los 16.

La preferencia a favor de las personas con responsabilidades familiares no implica la elección de un turno determinado, sino que sus vacaciones se disfruten dentro de los límites del periodo de vacaciones escolares.

PARTICIÓN: podrá convenirse el fraccionamiento hasta en cuatro períodos.

MUY IMPORTANTE: Una vez ejercido el derecho de prioridad para la elección de un período determinado, la persona no podrá volver a elegir su siguiente turno hasta que el resto de sus compañeros no hayan elegido el suyo.

Se podrán disfrutar hasta 10 días no retribuidos por enfermedad grave de cónyuge o pareja de hecho, hijos/hijas y familiares hasta primer grado, sin necesidad de haber agotado las vacaciones para su disfrute.

Y, ante todo, recuerda: EL DIALOGO, LA COMPRENSIÓN y EL BUEN TALANTE SON LA MEJOR HERRAMIENTA. Si no funcionan, propón nuestra mediación.